[13-10-2020] Requerimiento de subsanaciones de las solicitudes de subvenciones para facilitar la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía, línea de centros con planes de compensación educativa. Curso escolar 2020/21.
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De acuerdo con la ORDEN de 23 de julio de 2018 por la que se aprueban las bases reguladoras para la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva a centros docentes privados concertados de la Comunidad Autónoma de Andalucía para facilitar la permanencia en el sistema educativo mediante la prestación del servicio de comedor escolar para alumnado escolarizado en estos centros y la RESOLUCIÓN de 23 de julio de 2020, de la Dirección General de Atención a la Diversidad, Participación y Convivencia Escolar, por la que se efectúa la convocatoria en régimen de concurrencia competitiva para el curso 2020/21, en relación con la línea de subvención: B, centrosdocentes privados con planes de compensación educativa autorizados por la Consejería competente en materia deEducación para facilitar la permanencia en el sistema educativo del alumnado escolarizado en los mismos, mediante laprestación del servicio de comedor escolar, se requiere la subsanación de las solicitudes presentadas y listadas en fichero adjunto en el plazo de 10 días hábiles a contar a partir del día siguiente a la fecha de esta publicación en la web (del 14 de octubre al 27 de octubre ambos inclusive)
Los documentos mediante los que las personas o entidades interesadas efectúen la subsanación podrán presentarse en cualquiera de los lugares y por cualquiera de los medios indicados en el apartado Cuarto de la convocatoria.
“Cuarto. Lugar y plazo de presentación.
1. Las solicitudes de subvención se podrán presentar en los lugares y registros siguientes:
En cumplimiento de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, de Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, las solicitudes se podrán presentar únicamente en formato electrónico, en los lugares y registros siguientes:
– En el Registro Telemático Único de la Administración de la Junta de Andalucía, a través de la siguiente dirección electrónica: https://ws094.juntadeandalucia.es/V_virtual/SolicitarTicket?v=PEG
– En los lugares y registros previstos en la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
2. Para utilizar el medio de presentación electrónico, se deberá disponer de un certificado electrónico reconocido expedido por cualquiera de los prestadores de servicios de certificación cuyos certificados reconoce la Administración de la Junta de Andalucía. La relación de prestadores de servicios de certificación cuyos certificados electrónicos reconoce la Administración de la Junta de Andalucía se puede consultar en la siguiente dirección electrónica: https://ws024.juntadeandalucia.es/ae/adminelec/e-coop/prestadoresservicios
Igualmente se podrán utilizar, a efectos de identificación y firma de las personas interesadas en el procedimiento, los sistemas previstos en los artículos 9 y 10 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.”
En caso de presentarlos a través de la Oficina de Correos, les recordamos que debe hacerse en sobre abierto para que se selle la primera página de la documentación a enviar y, para agilizar su recepción, sería conveniente realizar el envío por correo certificado urgente y con acuse de recibo.
A fin de que quede constancia en esta Dirección General del envío o entrega de la documentación requerida, y para mayor agilidad del proceso, le rogamos que una vez realizado dicho envío, nos sea remitida copia por correo electrónico a las siguientes direcciones:
Correo electrónico:
orientacion.atendiversidad.ced@juntadeandalucia.es